martes, 2 de septiembre de 2003

Instituciones y organización política de Cartago

Esto es lo que hemos encontrado sobre la organización política que Cartago debió tener desde el siglo V-IV a.c. hasta su fin.

Lo hemos divido entre lo que se sabe seguro y lo supuesto por referencias o datos arqueológicos.

Lo seguro:

Basándose en Aristóteles, Polibio y Justino, que son las fuentes que más hablan del asunto, el sistema político cartaginés estaba constituido por estas instituciones:

Consejo de los 30 o Pequeño Consejo: Estaba formado por miembros del Gran Consejo.Tenía las principales funciones legislativas.

Estos deben ser los mismos que en las fuentes arqueológicas aparecen como los <> = 'los próceres'. Los <> eran -según las fuentes- de ascendencia aristocrática, pero no debemos confundir el concepto de la "aristocracia" cartaginés con el nuestro.

Por pertenecer al Consejo ya se era aristocrático para un cartaginés. Hay que considerar que la "aristocracia" cartaginesa no era como la romana o griega. No se basaba en la posesión hereditaria de la tierra y los vínculos de sangre, sino en el comercio y la riqueza que conlleva. Era mercantil. Así que cualquier espabilado en los negocios podía llegar a "consejero". Aunque claro, había familias con más pedigrí que otras, debido a su antigüedad en el consejo, y que incluso se las daban de descendientes de nobles tirios. Pero eso era un añadido snob para un cartaginés, aunque no para un griego o romano.

La simple riqueza monetaria era la base de su pertenencia a la aristocracia y a cualquier consejo. Algo que los escritores griegos, de otra mentalidad con el dinero, solían criticar por considerarlo un rasgo de codicia. La famosa codicia púnica :-)

Sufetes: (significa jueces) En las fuentes arqueológicas aparecen como <>. Eran dos, elegidos anualmente. Aplicaban las decisiones del consejo de los 30. Tenían también responsabilidades religiosas y financieras (controlaban las cuentas del estado) y presidían el Gran Consejo o Senado. No tomaban parte en asuntos militares, los cuales se encargaban a generales profesionales.

Esto es bastante interesante, porque aleja a estos de los cónsules romanos, que podían proponer leyes y dirigir ejércitos. Los sufetas eran un mero poder ejecutivo, con competencias financieras y religiosas. Aunque un sufeta podía proponer leyes si también pertenecía al Pequeño Consejo-Consejo de los 30.

Gran Consejo o Senado: 300 miembros pertenecientes a las familias más ricas de Cartago. De ellos salían los miembros del Pequeño Consejo, los sufetas y los del Consejo de los 104.

Estos estaban aquí por su "cuenta bancaria" y no por ningún apoyo popular. Aunque no sabemos qué cantidad era necesaria, ni los motivos para que el consejo de los 104 te pudiera expulsar del Gran Consejo y si en algún momento los consejeros fueron elegidos por la asamblea popular. Se supone que sí.

Consejo de los 104: Formado por miembros del Gran Consejo. Aristoteles los considera similares a los éforos de Esparta. Tenía funciones judiciales. Supervisaba las acciones de los magistrados y podía destituirles. Sabemos por Justino que también los generales tenían que responder de sus acciones ante ellos. Podían condenar a muerte. Pero realmente es el consejo menos conocido.

Pentarcas: Nombre griego que se le da a un comité de cinco miembros del Gran Consejo que son los encargados de elegir a su vez a los miembros del consejo de los 104. Son elegidos por su colegas y el cargo es vitalicio.

Asamblea popular: Formada por todos los ciudadanos. La asamblea elegía a los sufetes, miembros del consejo de los 30 y a los generales. La asamblea sólo era convocada para asuntos de gran trascendencia o realmente controvertidos. Eso sí, los ciudadanos tenían gran libertad para expresarse en ella y según Aristóteles "no sólo se limitan a oír las propuestas de los magistrados, sino que deciden soberanamente e incluso le es posible a cualquiera
contradecir a los que hacen las propuestas."

En Cartago, a diferencia de Roma, cualquier magistrado podía ocupar más de un cargo. Así que se podía ser del consejo de los 30, del de los 104 y participar en el Gran Consejo a la vez. Y vemos probable que que aunque fueran miembros de los <> (Consejo de los 30) pudieran poseer empresas comerciales e incluso su casa pudiera ser nominalmente propiedad de la empresa :-P. Algo muy alejado del hipócrita puritanismo patricio.

Las leyes las creaban los miembros del Pequeño Consejo. Si no se ponían de acuerdo sobre una ley, esta pasaba a ser discutida por el Gran Consejo. Si tampoco había acuerdo, entonces se pasaba a su aprobación por la Asamblea Popular. Esto limitaba el poder de la Asamblea a decidir sólo sobre los asuntos más graves o causantes de gran discordia entre los magistrados. Pero según Polibio, en el siglo II a.c., tras la segunda guerra contra Roma, la Asamblea popular había pasado a ser "la predominante" en las decisiones.

Lo no tan seguro:

Probablemente la Asamblea consiguió el poder de elegir a los miembros del consejo de los 104 en el siglo II a.c. y puede que a los del Gran Consejo también. Todo consecuencias de que la aristocracia mercantil había salido muy tocada tras la II Guerra Púnica.

Se supone que el consejo de los 30 y los generales eran elegidos también anualmente, igual que los sufetas. Aparte de los pentarcas que elegían a los miembros del consejo de los 104, se tiene noticia de otros comites de "cinco señores" (o <>). Por ejemplo, uno de estos "señores" pertenecía al comité de "construcción de la flota". Podría haber por lo tanto varias pentarquías menores dedicadas a asuntos administrativos.

Podríamos encontrar paralelos en Roma de estas "comisiones" o "comités" en las diferentes delegaciones senatoriales creadas para una determinada misión y el gran número de funcionarios a cargo del estado, que debían encargarse de los asuntos menores de la administración. En época imperial fueron la tira. Pero lo de comités de cinco es puramente cartaginés, que sepamos.

Esto es lo que hemos encontrado, y no creemos que haya mucho más. De la organización política de Cartago se conocen realmente tan sólo los aspectos generales.

Buscando fuentes, Aristóteles (en su "Política") informa mucho más y compara con diversos sistemas o constituciones de la época. Polibio, que como analista político es de lo mejorcito de la antigüedad, por desgracia, da un ligero (y valiosísimo) resumen de una página y anota el poder en su tiempo de la asamblea, nada más. Luego pasa a alabar la perfecta organización romana durante capítulos enteros de bello análisis político.

Por Gnaeus Salix Galaicus

Colaboración de Claudius Salix Davianus

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